Pregunta. AEESDAP desarrolla un papel activo, dentro del ámbito de la Contratación Pública, realizando una labor de seguimiento y denuncia de licitaciones no ajustadas a norma. ¿Cómo desarrolláis dicha función y que principales irregularidades estáis detectando?
Siempre desde un punto de vista conciliador y, cuando detectamos que un pliego puede no ajustarse a norma, nos ponemos en contacto con el Órgano de Contratación para explicarles las posibles anomalías que hemos detectado y, solo en caso de desacuerdo y cuando nuestros informes son claros, interponemos recurso. Resulta realmente gratificante ver, como colaboradores de las administraciones públicas que nos consideramos, como en la mayoría de los casos las administraciones aceptan con buena fe confrontar y evaluar los aspectos que les indicamos, modificando pliegos e incluso desistiendo licitaciones cuando comparten nuestros criterios.
Si bien la detección inicial de las posibles irregularidades parte de nuestros asociados, es la propia Asociación, a través de nuestros expertos en contratación, la que evalúa y decide en lo relativo a las acciones a emprender. Si bien todo el proceso (recepción de consulta, evaluación, recurso…) se comunica a nuestros asociación, los criterios que se toman para proceder a actuar en una licitación no dependen de ellos. Si un pliego es irregular actuamos, es un criterio puramente técnico-legal. Creemos que es la mejor manera de actuar.
Pregunta. Por otro lado, AEESDAP forma parte de la Comisión Negociadora del V Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios junto al resto de patronales y organizaciones sindicales. ¿Cómo definiríais vuestro papel en dicha comisión? ¿Cuales son los principales aspectos que la Asociación entiende que deberían modificarse, si es que así lo estima?
Bueno, es claro que la mayoría de representación en la mesa la obstante FNEID, por lo que no se aprobará nada que no tenga su consentimiento. Dicho esto, también es cierto que hasta la fecha FNEID se ha mostrado 100% colaborativa con AEESDAP. Dicho esto, para nosotros hay cuestiones clave como:
- – Estructurar de forma más clara ciertos aspectos del Art. 25, sobre la Subrogación de Personal. Aspectos como la información que ha de contener la tabla de subrogación y los plazos en los que la empresa saliente ha de dar la documentación a la empresa entrante.
- – Tablas Salariales con importes ciertos durante la duración de todo el convenio y no sujetos a porcentajes variables ni a indicadores similares, puesto que licitamos contratos con una duración que oscila entre 1 y 5 años y, como comenté antes, con una Ley de Desindexación de Precios que no permite la revisión de precios. Es fundamental que el órgano de contratación sepa, a ciencia cierta, los costes salariales que el pliego ha de cubrir durante toda la vida del contrato. La situación actual está demostrando que toda estimación a futuro es prácticamente ciencia ficción, y los márgenes de este tipo de contratos no se pueden permitir ciencia ficción.
- – Adecuar determinados aspectos del convenio a la realidad operativa de los contratos públicos. En el 99% de los casos las empresas de nuestro sector facturamos por horas. De hecho, cuando las propias administraciones tienen que establecer los costes laborales de un servicio para determinar el presupuesto de licitación, necesitan un coste/hora. Existen aspectos en el convenio que son difícil de trasladar a esta manera de funcionar con la actual redacción, lo cual da lugar a interpretaciones que luego dan lugar a problemas. En la misma línea hay aspectos en el convenio que las empresas interpretan de manera irregular en detrimento de los trabajadores y de la competencia. Con una redacción más concreta y mejor adaptada todos estos asuntos quedarían resueltos.
- – No es normal que, debido a los últimos incrementos en el SMI, nuestras tablas salariales reflejen el mismo salario para 5 grupos profesionales distintos. Las categorías salariales definen distintos niveles profesionales, de formación, de responsabilidad… Las tablas deben ser coherentes con este hecho.