Claves para entender la nueva Ley del Deporte

Anteproyecto Ley del Deporte

Igualdad, inclusión y más derechos y regulación para los deportistas. Estos son los ejes más importantes del anteproyecto de Ley del Deporte, recientemente aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, quien ha destacado que esta ley busca “avanzar en valores” debido a que la actividad deportiva actual “ha experimentado un crecimiento exponencial en las últimas décadas”.

Esta propuesta legislativa impulsada a través del Consejo Superior de Deportes (CSD), aún pendiente de aprobación por el Congreso de los Diputados pretende renovar la vigente ley de 1990 y ofrecer al ecosistema deportivo un marco jurídico más reforzado.

Uno de los objetivos de la nueva Ley del Deporte no es otro sino que la práctica deportiva siga creciendo. Y más aún lo hemos visto desde que irrumpió la pandemia: el deporte es clave para la salud y para implantar nuevos hábitos saludables entre la población.

El deporte es un derecho

La actual Constitución Española menciona en su texto (descargable aquí) hasta dos veces el deporte. En concreto, en el art. 43.3 “Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte” y en el art. 148.19 “Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio”.

Pues bien, en este anteproyecto se avanza todavía más y se contempla al deporte como un derecho donde los poderes públicos deben tutelarlo garantizando que las instalaciones deportivas, usuarios y deportistas tengan unas condiciones mínimas de seguridad. No solo se busca proteger las instalaciones físicas sino a los usuarios que pasan por éstas y, sobre todo, a la figura del deportista profesional, aún sin categoría profesional, así como la de deportista de alto nivel (calificación otorgada por el CSD) y de alto rendimiento (calificación otorgada por las Comunidades Autónomas).

¿Qué derechos quiere reconocer y garantizar la nueva Ley del Deporte? El anteproyecto menciona la representación y participación, la cobertura de la salud, los permisos en el ámbito educativo y laboral así como el acceso a estudios que faciliten convenios con empresas o centros educativos en pro de una carrera deportiva duradera. Asimismo, el texto tiene como objetivo “facilitar el acceso al deporte al mayor número de personas, atendiendo especialmente las necesidades de los colectivos con un mayor riesgo de exclusión”.

Por supuesto, no solo contempla derechos, sino también deberes que son más que necesarios hoy día: impulsar un juego limpio, luchar contra el fraude y ofrecer una imagen positiva del deporte.

Fin de la obligación de ser una Sociedad Anónima Deportiva (SAD)

El texto introduce una variante nueva: se elimina la obligación de ser una Sociedad Anónima Deportiva (SAD) para participar en competiciones profesionales dando para a un modelo libre. Además, también queda excluido el aval bancario que se imponía a aquellos que no pertenecieran a una SAD de hasta un 15%. En este sentido, los clubes podrán decidir libremente esta cuota.

Igualdad y equilibrio entre hombres y mujeres

El deporte es masculino y femenino. Así, el texto hace hincapié en el equilibrio entre hombres y mujeres: “Las entidades deportivas deberán equilibrar la presencia de hombres y mujeres en sus órganos directivos, dando cumplimiento así a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”. Igualmente, obliga a que las federaciones realicen un informe anual que recoja dichos aspectos. Dicho informe será elevado al Consejo Superior de Deportes y al Instituto de la Mujer y para la igualdad de Oportunidades.

El texto también busca visibilizar la imagen de la mujer en eventos deportivos garantizando su representación y alejada de la cosificación sexual y estereotipos sexistas.

Igualmente, el texto contempla los derechos de las personas LGTBIQ+ facilitando su acceso y reduciendo toda discriminación: “Las leyes tienen como objetivo establecer justicia y proteger a todos aquellos que sufren desamparo. Con la inclusión del colectivo LGTBIQ+ en el texto así lo hacemos. Una vez más, España elabora una de las leyes más modernas y progresistas de toda Europa en esta materia”, comentaba José Manuel Franco, presidentes del CSD el pasado verano.

Integración y deporte inclusivo

El reciente texto aprobado contempla también un deporte más inclusivo. Una de las medidades es integrar a las “personas deportistas con discapacidad en la misma federación y la remoción de obstáculos que segregan a aquellas de acuerdo a sus condiciones”.

Definiciones para deportista profesional, de alto nivel y de alto rendimiento

Por último, el texto define quiénes son “deportistas de alto nivel y de alto rendimiento” diferenciando entre las Administraciones Públicas y las Comunidades Autónomas “de tal forma que se clarifique que las personas deportistas de alto nivel son así calificadas por la Administración General del Estados, mientras que las de alto rendimiento serán calificadas por las Comunidades Autónomas, permitiendo distinguir los derechos y obligaciones que corresponden a cada grupo”.